Ordenanza N° 5765 —

Datos de la ordenanza
Número
5765
Fecha de sanción
11/03/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- IMPLEMENTAR en todo el ámbito de la Municipalidad de Ushuaia la "Capacitación para abstenerse de procederes violentos en la resolución de conflictos interpersonales", destinada a todos los deportistas que practiquen deportes de contacto en clubes de la ciudad de Ushuaia, y que tengan algún tipo de representatividad con este deporte.

ARTÍCULO 2°.- Es autoridad de aplicación de la presente el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Instituto Municipal de Deportes, o en el futuro quien reemplace el mencionado ente.

ARTÍCULO 3°.- La misma pondrá en vigencia esta ordenanza en un plazo no mayor a sesenta (60) días de promulgada.

ARTÍCULO 4°.- La autoridad de aplicación establecerá el diseño, los lineamientos y mecanismos para la puesta en funcionamiento de la presente.

ARTÍCULO 5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal establecerá las partidas presupuestarias pertinentes a efectos del cumplimiento de la presente, según las previsiones que determine.

ARTÍCULO 6°.-REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5765.

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 11/03/2020.

Asunto de origen
Asunto 194/2020
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 194/2020 — Taquigráfica N° 2/2020 — 11/03/2020
(Asunto 194/2020, expediente 18/2020)
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