Ordenanza N° 5759 —

Datos de la ordenanza
Número
5759
Fecha de sanción
11/03/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER que los proyectos aprobados en el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia deban incorporar la perspectiva de equidad entre hombres y mujeres, en todo el proceso de elaboración, debate y sanción definitiva.

ARTÍCULO 2°.- PROMOVER en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal la incorporación de la perspectiva de equidad entre hombres y mujeres en las diversas iniciativas de políticas públicas que se implementen.

ARTÍCULO 3°.- A los fines de la presente ordenanza, se entiende por equidad entre hombres y mujeres al conjunto de enfoques específicos y estratégicos, así como procesos técnicos e institucionales que se adoptan para alcanzar la equidad entre las personas.

ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER la puesta en funcionamiento de un sistema de capacitaciones al personal legislativo, a fin de facilitar la incorporación de una mirada de equidad entre hombres y mujeres en los distintos proyectos e iniciativas que puedan ser tratados.

ARTÍCULO 5°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5759.

SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 11/03/2020.-

Asunto de origen
Asunto 22/2020
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 22/2020 — Taquigráfica N° 2/2020 — 11/03/2020
(Asunto 22/2020, expediente 169/2010)
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