ARTICULO 1° CREAR la Comisión de Seguimiento de Coparticipación, que funcionará en el seno del Concejo Deliberante como comisión especial, teniendo como objetivo el seguimiento de los recursos de coparticipación nacional, regalías y recaudación provincial, que deberán ser remitidos por el Poder Ejecutivo Provincial a la Municipalidad de Ushuaia y toda acción orientada a obtener los mismos fines y efectos.
ARTÍCULO 2°.- La Comisión de Seguimiento de Coparticipación estará conformada:
- El presidente del Concejo Deliberante de Ushuaia;
- Un representante de cada bloque político del Concejo Deliberante;
- El secretario de Finanzas de la Municipalidad de Ushuaia;
- El jefe de Gabinete de la Municipalidad de Ushuaia;
La Comisión de Seguimiento de Coparticipación podrá ser convocada por la mayoría de sus integrantes.
ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER que la Comisión de Seguimiento de Coparticipación estará presidida por el presidente del Concejo Deliberante y la secretaria Administrativa del Concejo Deliberante oficiará de secretario de la Comisión de Seguimiento de Coparticipación.
ARTíCULO 4°.- El secretario de Finanzas municipal deberá enviar a la Comisión de Seguimiento de Coparticipación un informe mensual de los ingresos provenientes de la coparticipación, regalías y recaudación provincial.
ARTÓICULO 5°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5755.
SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 28/04/2020.-