Ordenanza N° 5753 —

Datos de la ordenanza
Número
5753
Fecha de sanción
22/04/2020
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N ° 5747, el cual quedara redactado de la siguiente manera:

"

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Economía y Finanzas, a realizar modificaciones presupuestarias incrementando gastos corrientes por sobre los gastos de capital o de las aplicaciones en la distribución de las finalidades y/o transferencia de partidas, para la implementación de la presente, sin poder alterar el destino de aquellos cuya afectación sea específica".

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5753.

SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 22/04/2020.-

Observaciones
Modifica el artículo 3° de la Ordenanza Municipal 5747.
Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 219/2020
proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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