ARTÍCULO 1°.- DISPONER la reserva de espacios de estacionamiento exclusivo para motovehículos en un mínimo de seis calles transversales a la avenida San Martín con pendiente ascendente, en el tramo comprendido entre Maipú y Deloqui. La vigencia de los mismos será entre el 1 de octubre y el 30 de abril de cada año.
ARTÍCULO 2°.- A los fines de la presente, el Departamento Ejecutivo Municipal determinará la ubicación de los espacios de estacionamiento exclusivo para motovehículos, de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER que los espacios mencionados en el artículo precedente estarán señalizados con la leyenda "Reservado Estacionamiento Exclusivo para Motovehículo del 1/10 al 30/4", y tendrán una longitud mínima de 5 metros para el estacionamiento a 45 grados.
ARTÍCULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá de un plazo de 30 días desde la promulgación de la presente, para dar efectivo cumplimiento a la misma.
ARTÍCULO 5°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5680
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 23/10/2019.-