ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR del cumplimiento de los artículos V.3.6.1 Retiro Frontal y VII.1.2.1.4 R4: Residencial Parque - Retiro Frontal, del Código de Planeamiento Urbano, autorizando la ocupación del retiro frontal con una superficie de aproximadamente 20,21m2, a la parcela denominada en el catastro municipal como Sección E, Macizo 17, Parcela 04, de acuerdo al plano que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo VI.2.2 - Alturas Mínimas de locales de Primera categoría - del Código de Planeamiento Urbano, autorizando una altura mínima de 2,31m a los locales denominados "5 - dormitorio" y "6 - Estar", a la parcela indicada en el artículo precedente, de acuerdo al plano que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5664.
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 11/09/2019.-