Datos de la ordenanza
Número
5656
Fecha de sanción
07/08/2019
Vigencia
—
Tema
Excepción
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el inciso 3) del artículo 3° de la Ordenanza Municipal N.° 2977, autorizándose el funcionamiento de la Farmacia Bahía en la calle San Martín N.° 1533.
ARTÍCULO 2°.- Dicha excepción perdurará mientras persista el rubro farmacia bajo el mismo propietario.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su pdlplicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N.° 565 6 .' SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 6129
ARTÍCULO 1°.- MODIFICAR el artículo 2
Asunto de origen
Asunto 542/2019
Solicitud del Sr. Arguello
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto
542/2019 —
Taquigráfica N° 5/2019 — 07/08/2019
(Asunto 542/2019, expediente 238/2010)
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Documento