ARTÍCULO 1°.- EXCEPCIÓN. EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N.° 5527, a la parcela identificada en el catastro municipal de la ciudad de Ushuaia como Parcela 06, Macizo 56A, Sección L.
ARTÍCULO 2°.- CONDICIONAMIENTO. Lo establecido en artículo 1° quedará condicionado a la materialización, previo a la obtención del "Final de Obra", de una dársena de estacionamiento sobre la calle Ushuaia, que contemple como mínimo un módulo de estacionamiento vehicular para personas con movilidad reducida y un módulo de estacionamiento vehicular para ascenso y descenso de pasajeros.
ARTÍCULO 3°.- CONDICIONAMIENTO. Lo establecido en artículo 1° quedará condicionado a la ejecución de una dársena de estacionamiento sobre la calle Ushuaia, con un mínimo de seis (6) módulos de estacionamiento vehicular, otorgándose para dicha construcción un plazo de tres (3) años, contados a partir de la promulgación de esta ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N.° 5652
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 07/08/2019.-