Ordenanza N° 5539 —

Datos de la ordenanza
Número
5539
Fecha de sanción
07/11/2018
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR del uso público una fracción de una superficie aproximada de mil trescientos metros cuadrados (1300 m 2 ) del Espacio Verde identificado en el catastro como Parcela 1G, del Macizo 48, de la Sección F, del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, para ser afectada a la creación de una parcela, de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente, quedando clasificada como zona PE - Distrito de Proyectos Especiales, artículo VII.1.2.6 del Código de Planeamiento Urbano.

ARTÍCULO 2°.- La parcela generada según lo establecido en el artículo precedente tendrá como destino exclusivo su incorporación a la disponibilidad de tierras municipales para usos de bien público e interés social.

ARTÍCULO 3°.- La superficie de Espacio Verde desafectada en el artículo 1° quedará compensada, en la zona de intervención, del denominado Sector C, según lo dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 5082.

ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 5 3 9

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 07/11/2018.-

Vínculos con otras ordenanzas
Asunto de origen
Asunto 245/2018
remite proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 245/2018 — Taquigráfica N° 9/2018 — 07/11/2018
(Asunto 245/2018, expediente 140/2013)
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