ARTÍCULO 1°.- EXCEPCIÓN. EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo V.2.1.1 "Medidas de locales de primera y tercera categoría en vivienda permanente", del Código de Planeamiento Urbano y los artículos III.11.1 "Vistas a predios linderos en unidades independientes" y III.8 "Iluminación y ventilación natural de locales", del Código de Edificación, así como al indicador "Retiro Contra-frontal" de la Ordenanza Municipal N° 3705, para la parcela identificada en el catastro municipal de la ciudad de Ushuaia como Sección O, Macizo 5g, Parcela 16 de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo al plano que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- CONDICIONAMIENTO. CONDICIONAR lo indicado en el artículo 1° a la modificación de las aberturas que den a predio lindero, colocando material translucido, no transparente y a ejecutar conducto de ventilación a los cuatro (4) vientos en el local "7-baño" de acuerdo al plano que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5517
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26/09/2018.-