ARTICULO 1°.- AUTORIZAR el uso "Fabricación de productos de panadería — Pastas Alimenticias Frescas", artículo VII-I-6-1. del Código de Planeamiento Urbano para la parcela denominada según nomenclatura catastral como Sección C, Macizo 15, Parcela 10.
ARTÍCULO 2°.- La autorización enunciada en el artículo precedente tendrá una vigencia coincidente con la establecida en el plazo de locación del inmueble y será de renovación automática siempre y cuando no se verifiquen denuncias de terceros respecto a la actividad propuesta. De verificarse denuncias o incompatibilidades respecto al uso, deberá analizarse nuevamente la conveniencia o no de su autorización.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5512
SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 04/10/2018, CORRESPONDIENTE A LA OCTAVA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26/09/2018.-