Ordenanza N° 5508 —

Datos de la ordenanza
Número
5508
Fecha de sanción
26/09/2018
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- CREAR en la ciudad de Ushuaia el Registro Fílmico de Operativos de Control de Tránsito, a través del cual se autoriza la utilización de videocámaras para grabar imágenes en la vía pública en ocasión de desarrollarse operativos de control de tránsito y el posterior tratamiento de las imágenes que se obtengan.

ARTÍCULO 2°.- INSTITUIR a la Secretaría de Gobierno municipal como autoridad de aplicación de la presente.

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer de los fondos necesarios para la creación del Registro Fílmico de Operativos de Control de Tránsito.

ARTÍCULO 4°.- El registro tendrá como objetivo de contribuir a la instrucción, coordinación y colaboración en la prevención de contravenciones, infracciones y faltas durante los operativos de control de tránsito, otorgando seguridad al conductor y a los trabajadores participantes del mismo.

ARTÍCULO 5°.- Las imágenes obtenidas a través del registro tendrán carácter absolutamente confidencial y no podrán ser difundidas. Las mismas solo podrán ser requeridas por magistrados o fiscales que se encuentren abocados a la investigación o al juzgamiento de causas penales o contravencionales; así como las autoridades del Juzgado Administrativo Municipal de Faltas.

ARTÍCULO 6°.- Sin perjuicio de las disposiciones específicamente contenidas en la presente, el tratamiento de las imágenes obtenidas mediante el Registro Fílmico de Operativos de Control de Tránsito se regirá de acuerdo al artículo 53 del Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley Nacional N° 25.326 de Datos Personales para lo cual las cámaras deberán estar correctamente identificadas.

ARTÍCULO 7°.- Las videocámaras utilizadas para dar cumplimiento a la presente, estarán ubicadas en los móviles de la Dirección de Tránsito Municipal que se encuentren abocados a los operativos de control de tránsito, en forma fija y permanente. Los mismos deberán llevar en el parabrisas la inscripción "Vehículo equipado con sistema de videovigilancia — Ordenanza Municipal N° 71

ARTÍCULO 8°.- En la utilización de videocámaras deberá mediar razonable proporción entre la finalidad pretendida y la posible afectación al honor, la imagen y la intimidad de las personas; teniendo como premisa el objetivo de dirimir posibles dudas sobre situaciones ocurridas durante el operativo de control de tránsito; prevenir y constatar infracciones a la seguridad ciudadana y evitar daños a personas o bienes públicos.

ARTÍCULO 9°.- ESTABLECER que las imágenes obtenidas conforme a lo dispuesto en la presente, permanecerán a resguardo de la autoridad de aplicación por el plazo de un (1) año corrido, luego del cual serán destruidas. Dicho plazo se verá interrumpido en caso de requerimiento conforme al artículo 3° de la presente.

ARTÍCULO 10.- Los responsables de la instalación, operación, uso de las videocámaras y del almacenamiento de las imágenes obtenidas a través del Registro Fílmico de Operativos de Control de Tránsito, deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de las imágenes, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. El incumplimiento de los deberes y obligaciones mencionados anteriormente será considerada falta grave y corresponderá la sanción establecida por la autoridad de aplicación, sin perjuicio de la responsabilidad penal que pudiera corresponder.

ARTÍCULO 11.- El Registro Fílmico de Operativos de Control de Tránsito entrará en vigencia en la ciudad de Ushuaia a partir del Ejercicio 2019.

ARTÍCULO 12.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5508

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 26/09/2018.-

Asunto de origen
Asunto 955/2018
remite veto
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 955/2018 — Taquigráfica N° 8/2018 — 26/09/2018
(Asunto 955/2018, expediente 144/2012)
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