ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR del uso público una superficie aproximada de cincuenta metros cuadrados (50 m 2 ) de la calle Cabo San Pío, para ser incorporada al Uso Residencial en el Macizo 5A de la Sección 0, conforme al croquis que como Anexo I corre agregada a la presente.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5465. SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 13/06/2018.-
ANEXO I SectutarIo LegibIativo an Carlo JpINO nrein Oeliberants tJshpI Presidente allbacanta.de-Ushual Ltis Islas Malvinas, Genias i SandWch de/Sm; .reny scrán Awniillas Ordenanza NPruovminceiardoe:"fi5er4ra6d5el Fuego, - A[tI10 CO R~ORII 3/3 Antárlida e Islas del Allántico Sur Midam G. FARIN RNANDEZ "20 8-Ano de los 44 Héroes del Submarino ARA San juan Repablica Argenlina Municipalidad de Ushuaia Subdirectora D acho General D.T. - S L. y shuaia Municipalida US PA, 03 JUL. 2018 VISTO el expediente N° CD- 4 54-2018 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en segunda lectura en sesión ordinada de fecha 13/06/2018, por medio de la cual se desafecta del uso público una superficie aproximada de cincuenta metros cuadrados (50 m 2 ) de la calle Cabo San Pío, para ser incorporada al uso Residencial en el Macizo 5A de la Sección 0, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la misma . Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° 229 /2018, recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 5 4 6 5 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en segunda lectura en sesión ordinaria de fecha 13/06/2018, por medio de la cual se desafecta del uso público una superficie aproximada de cincuenta metros cuadrados (50 m 2 ) de la calle Cabo San Pío, para ser incorporada al uso Residencial en el Macizo 5A de la Sección 0, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la misma. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 978 DECRETO MUNICIPAL N° /2018.- 6VIceWla Twese r,V1 ;to y 1:k111. T It tsa "Las Islas Malyinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argennnas"