ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo 11 de la Ordenanza Municipal N° 4694, a la empresa Ushuaia Visión S.A., a los efectos de extender la red de fibra óptica de acuerdo al plano adjunto que corre agregado a la presente como Anexo I.
ARTÍCULO 2°.- CONDICIONAR la excepción establecida en el artículo 1° de la presente, a que el tendido de fibra óptica se efectúe en los mismos postes existentes de la Dirección Provincial de Energía, de acuerdo al contrato de locación vigente entre la Dirección Provincial de Energía y la empresa Ushuaia Visión S.A.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5460
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 16/05/2018.-