Ordenanza N° 5457 —

Datos de la ordenanza
Número
5457
Fecha de sanción
18/04/2018
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

OBJETO

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER que cada familia que reciba la llegada de un niño a su hogar, tendrá la posibilidad de plantar un árbol que será identificado con el nombre del nuevo miembro de la familia.

DE LA PLANTACIÓN DEL ÁRBOL

ARTÍCULO 2°.- DETERMINAR que el árbol será plantado en una zona que delimitará el Departamento Ejecutivo Municipal, de acuerdo a las necesidades de reforestación que se evidencien.

CUIDADO DEL ÁRBOL

ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER que el cuidado del árbol estará a cargo de la familia, la cual deberá instruir permanentemente al niño sobre la conservación del mismo.

ASESORAMIENTO A LA FAMILIA

ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER que la familia podrá ser asesorada al respecto por el área de Parques y Jardines, de modo que se realicen los cuidados adecuados a las variedades y requisitos de cada especie.

DEL APORTE DEL ÁRBOL

ARTÍCULO 5°.- ESTABLECER que el árbol podrá ser aportado por la familia o en su defecto por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5457

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 18/04/2018.-

Asunto de origen
Asunto 226/2018
Aconseja Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto 226/2018 — Taquigráfica N° 3/2018 — 18/04/2018
(Asunto 226/2018, expediente 84/2016)
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