ARTÍCULO 1°.- AFECTAR una fracción del espacio verde denominado según nomenclatura catastral como F-79A-02 al proyecto "Saneamiento, ordenamiento, regularización y/o relocalización del barrio Arroyo Grande.
ARTÍCULO 2°.- SOLICITAR al Departamento Ejecutivo Municipal la realización del proyecto urbano de saneamiento, ordenamiento, regularización y/o relocalización de las viviendas que se encuentran en la fracción del espacio verde enunciado en el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER que el proyecto a realizar deberá ser consensuado con los vecinos ocupantes del sector y remitido al Concejo Deliberante en un plazo no mayor a ciento ochenta días.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5455
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 07/03/2018.-