Ordenanza N° 5440 —

Datos de la ordenanza
Número
5440
Fecha de sanción
18/04/2018
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER que toda persona destinataria de una solución habitacional que no haya podido ejercer actos posesorios sobre la misma, quedará habilitada a ser reincorporada al Padrón de Demanda Habitacional sin que se informe ese antecedente.

ARTÍCULO 2°.- ESTABLECER que toda persona que haya sido destinataria de una solución habitacional de la cual se encuentre desvinculada de manera efectiva hace diez años o más, podrá acceder a una solución habitacional gestionada de manera colectiva siempre que la construcción de la vivienda sea realizada y/o ejecutada por el Instituto Provincial de Vivienda o con fondos del Gobierno nacional y/o entidades bancarias.

ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5440

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 18/04/2018.-

Asunto de origen
Asunto 292/2018
remite proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 292/2018 — Taquigráfica N° 3/2018 — 18/04/2018
(Asunto 292/2018, expediente 1118/1999)
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