ARTICULO 1°.- SUSTITUIR el artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 4979, por el siguiente: "
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a tramitar ante Nación Leasing S.A., una o más operaciones de leasing para el arrendamiento con opción a compra de maquinarias, camiones y equipos para equipar diversas áreas del Municipio, cuya finalidad y función según el clasificador presupuestario sea la de servicios sociales, hasta la suma de pesos sesenta millones ($60.000.000), sin incluir el IVA, cediendo en garantía y como medio alternativo de pago los saldos acreedores futuros y eventuales de la Cuenta Corriente N° 304600000374330, CBU 0440046230000003743307, que se encuentra abierta en el Banco Hipotecario, Sucursal Ushuaia".
ARTICULO 2°.- SUSTITUIR el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 4979, por el siguiente: "
ARTICULO 2°.- Se autoriza a concretar la operación consignada en el artículo 1° en base a las condiciones que establezca Nación Leasing S.A., en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación".
ARTICULO 3°.- SUSTITUIR el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 4979, por el siguiente: "
ARTICULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar y/o ceder los fondos consignados en el artículo 1°, para garantizar el cumplimiento de la operación de leasing, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente, más seguros y aforo si fuera el caso".
ARTICULO 4°.- SUSTITUIR el artículo 1° de la. Ordenanza Municipal N° 5390, por el siguiente: "
ARTÍCULO 1 AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a tramitar ante Nación Leasing S.A., una o más operaciones de leasing para el arrendamiento con opción a compra de maquinaria necesaria para la ampliación y mantenimiento de la red vial de la ciudad, hasta la suma de pesos cincuenta millones ($50.000.000), sin incluir el IVA, cediendo en garantía y como medio alternativo de pago los saldos acreedores futuros y eventuales de la Cuenta Corriente N° 304600000374330, CBU 0440046230000003743307, que se encuentra abierta en el Banco Hipotecario, Sucursal Ushuaia".
ARTÍCULO 5°.- SUSTITUIR el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 5390, por el siguiente: "
ARTICULO 2°.- Se autoriza a concretar la operación consignada en el artículo 1° en base a las condiciones que establezca Nación Leasing S.A., en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación".
ARTÍCULO 6°.- SUSTITUIR el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 5390, por el siguiente: "
ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar y/o ceder los fondos consignados en el artículo 1°, para garantizar el cumplimiento de la operación de leasing, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente, más seguros y aforo si fuera el caso".
ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5435
SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 11/04/2018.-