Ordenanza N° 5405 —

Datos de la ordenanza
Número
5405
Fecha de sanción
14/12/2017
Vigencia
—
Tema
Ordenamiento Urbano
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR del uso y dominio público una fracción de la calle 20 de Julio, para su anexión a los predios identificados según catastro como Parcelas 15a y 15b del Macizo 89 de la Sección F del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia propiedad de la Gendarmería Nacional Argentina asiento del Escuadrón 44 "Ushuaia", según el gráfico que como Anexo I corre agregado a la presente ordenanza.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir el dominio de la fracción de calle desafectada en el artículo precedente, a favor de Ia Gendarmería Nacional Argentina.

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR la unificación parcelaria de las fracciones mencionada en el artículo 1° del presente instrumento, así como también el visado por parte deI Departamento Ejecutivo Municipal- del plano de mensura correspondiente.

ARTÍCULO 4°.- Los actos de mensura originados por la aplicación del presente instrumento, deberán ser gestionados por la Gendarmería Nacional Argentina, a su costa y cargo.

ARTÍCULO 5°.- CONDICIONAR el registro de la mensura y unificación parcelaria, la firma de un Convenio -ad referéndum del Concejo Deliberante- entre Ia Municipalidad de Ushuaia y la Gendarmería Nacional Argentina, que contemple la siguientes obligaciones a cumplir por cuenta y cargo de la segunda: a) ejecución de la obra de contención que permita consolidar la traza de la call 20 de Julio en el tramo adyacente a la Parcela 15a, encauzando I huella/calzada para que ésta ajuste a los límites marcados por la mensura original, sin afectar a los predios frentistas; b) compromiso a una eventual demolición o relocalización -a requerimiento de la autoridad municipal competente- de la superficie que invade la vía pública sobre el frente Suroeste de la Parbela 15b; c) cercado del predio unificado, sobre la calle (sin abrir) que linda al Suroeste del mismo.

ARTÍCULO 6°.- AUTORIZAR el Empadronamiento de los edificios pertenecientes al Escuadrón 44 "Ushuaia" de la Gendarmería Nacional Argentina, una vez ratificado el convenio mencionado en el Artículo precedente, y obtenida la nomenclatura catastral provisoria del predio unificado. El compromiso de demolición de la superficie que invade vía pública, deberá figurar expresamente en los planos de obra correspondientes. 

Asunto de origen
Asunto 1708/2017
Proyecto ordenanza 2 lectura
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 1708/2017 — Taquigráfica N° 10/2017 — 15/12/2017
(Asunto 1708/2017, expediente 77/2007)
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