Ordenanza N° 5322 —

Datos de la ordenanza
Número
5322
Fecha de sanción
09/08/2017
Vigencia
—
Tema
Excepción
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR del pago de canon de uso del Centro Cultural Esther

Fadul al Centro de Jubilados y Pensionados "Esperanza Fueguina", Personería

Jurídica N° 1338, de nuestra ciudad, a fin de que puedan realizar un evento con el fin

de recaudar fondos para la construcción de su sede propia.

ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5322

SANCIONADA EN LA TERCERA JORNADA DEL DÍA 28/08/2017,

CORRESPONDIENTE A LA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 09/08/2017.-

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Isidente

EJANDRO BEROLA

ecretarlo Legislatbio iberante de Ushuaie

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OrdenanzaAnNPtraourvtiimdnacieea IdrseolaT:sied5rerl3aAd2lell2áFntuiecgooS, ur "2017, año del 35 0 Aniversario de la Gestión de Malvinas:

Honor y Gloria a nuestros Héroes, ayer, hoy y siempre"

2/2 República Argentina

Municipalidad (le Ushuaia

USHUAIA, 1 B SEP 7.917

VISTO el expediente N° CD-688812017 del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en la tercera jornada del día 28/08/2017

correspondiente a la sexta sesión ordinaria del día 09/08/2017, por medio de la cual se

exceptúa del pago de canon de uso del Centro Cultural Esther Fadul al Centro de Jubilados y

Pensionados "Esperanza Fueguina", Personería Jurídica N° 1338, de nuestra ciudad, a fin de

que puedan realizar un evento con el fin de recaudar fondos para la construcción de su sede

propia.

Que ha tomado la intervención pertinente el Servicio Jurídico Permanente de esta

Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° 25 7/2017, recomendando su promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las

prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de

Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 3 2 , sancionada por el

Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en la tercera jornada del día 28/08/2017

correspondiente a la sexta sesión ordinaria del día 09/08/2017, por medio de la cual se

exceptúa del pago de canon de uso del Centro Cultural Esther Fadul al Centro de Jubilados y

Pensionados "Esperanza Fueguina", Personería Jurídica N° 1338, de nuestra ciudad, a fin de

que puedan realizar un evento con el fin de recaudar fondos para la construcción de su sede

propia. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,

archivar. 155 4 /2017.-

DECRETO MUNICIPAL N°

am.

Walt Vuoto

INTENDENTE

Municipalidad de UshuaiJ

ES COPIA F1EL :::" 1G1NAL

NA FERNANDEZ

Ltu D spacho General

T yT

flncpaJid de Ushuaia

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich Sur, son y serán Argeniinas"

Asunto de origen
Asunto 1027/2017
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Tratado en sesión
Asunto 1027/2017 — Taquigráfica N° 6/2017 — 09/08/2017
(Asunto 1027/2017, expediente 158/2012)
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