ARTÍCULO 1°.- INCORPORAR al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, con la numeración correlativa correspondiente, el siguiente artículo: "
ARTÍCULO...- DENOMINAR Perla Austral a la calle sin salida que se interna en el macizo F-120, delimitada al Norte por las parcelas F-120-10 y 11, al Sur por la calle Intendente Dr. Adolfo J. Cano; al Oeste por las parcelas F-120-31 a 39 y al Este por las parcelas F-120-23 a 30, según croquis agregado a la presente como Anexo I.”
ARTÍCULO 2°.- INCORPORAR al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, con la numeración correlativa correspondiente, el siguiente artículo: "
ARTÍCULO...- DENOMINAR 2 de Mayo a la calle delimitada al Norte por la parcela F-120-15, al Sur por la calle Intendente Dr. Adolfo J. Cano; al Oeste por las parcelas F-120-16 a 22 y al Este por la parcela F-120-3, según croquis agregado a la presente como Anexo I."
ARTÍCULO 3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal promulgará la presente incorporando la numeración correlativa de los artículos incorporados a la Ordenanza Municipal N° 1494.