Ordenanza N° 5239 —

Datos de la ordenanza
Número
5239
Fecha de sanción
23/11/2016
Vigencia
—
Tema
Ordenamiento Urbano
Comisión
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Descripción

ARTICULO 1°.- INSTRUIR al señor intendente municipal que, de acuerdo a los fundamentos que como Anexo IV forma parte de la presente, requiera a la Legislatura de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur la extensión del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, conforme a los artículos 1°y 18 de la Carta Orgánica Municipal, la modificación de la Ley Provincial N° 443, a efectos de establecer nuevos límites para la ciudad de Ushuaia, de acuerdo al artículo 2° de la presente ordenanza.

ARTICULO 2°.- Los límites que se solicitan como nueva extensión de la ciudad de Ushuaia, están determinados por las siguientes coordenadas, representadas en el detalle gráfico que obra como Anexo I de la presente, acompañado por Anexo II y III: 1) Norte: Paralelo 54° 41 de Latitud Sur; 2) Sur: El Canal de Beagle; 3) Oeste: Límite Parque Nacional, desde el Canal Beagle hasta el Paralelo 54° 40 de Latitud Sur; 4) Este: Meridiano 67° 30 de Longitud Oeste, hasta la intersección del Río Lasifashaj y de éste hasta la desembocadura. 

Asunto de origen
Asunto 2087/2016
Remite VetO
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
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