ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR del uso público para ser afectada al uso residencial de la parcela lindante, una superficie aproximada de ciento veinticinco metros cuadrados (125,00 m2) del espacio verde identificado catastralmente como Sección F, Macizo 60, Parcela 37 del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, conforme al croquis que como Anexo I acompaña.
ARTICULO 2°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en venta la fracción indicada al señor Pablo Cesar Reynoso, DNI N° 18.780.791, e incorporar a su parcela Sección F, Macizo 60, Parcela 38.
ARTICULO 3°.- DISPONER que la modificación de mensura correspondiente quedará a cargo de la Municipalidad de Ushuaia.
ARTICULO 4°.- CONDICIONAR la parcela resultante a la adecuación de construcción existente a uso exclusivo como vivienda unifamiliar. En el caso de realizarse modificaciones de obra o ampliaciones, deberá contar con autorización de la Municipalidad cumpliendo con las normativas vigentes.