Ordenanza N° 5177 —

Datos de la ordenanza
Número
5177
Fecha de sanción
23/11/2016
Vigencia
—
Tema
Ordenamiento Urbano / Medio Ambiente
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- ESTABLECER que en consonancia con lo prescripto por la Ley Territorial N° 487, el sector cuya denominación catastral es Sección L, Macizo 29, se denomina "Laguna del Diablo".

ARTICULO 2°.- ESTABLECER que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá proceder a la colocación de la cartelería correspondiente, destacando su condición de Reserva Recreativa Natural.

ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento EjecutiV Msinicipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicació y C IVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 5 1 7 7 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 23/11/2016.- CO E. ALEJA DRO BEROLA rnas ERT01-1 ' Secre ria Logislathto icepresidente 1.11 `-rvi ento diberante UshuaiP Concejo Deliberante de U;huala \ aP ble Coordi y Despacho CONCEJO DELIDERANTE ES COMA FIEL P C7,WIN G FARIr1. FER NDEZ Dpto. Desphj.pneraI D.T. - S. T/ Muniolpalidad e Ushuaia Provincia de Tierra del Fuego "2016- Atio del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional" Antártida e Islas del Atlántico Sur =República Argentina= Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 26 fl1 C 2016 VISTO el expediente N° CD-8617-2016 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 23/11/2016, por la cual se establece en consonancia con lo prescripto por la Ley Territorial N° 487, el sector cuya denominación catastral es Sección L , Macizo 29, se denomina " Laguna del Diablo" Que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 128 de la Carta Orgánica Municipal, encontrándose la citada norma promulgada de hecho. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152° inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 7 7, lancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 23/11/2016, por la cual se establece en consonancia con lo prescripto por la Ley Territorial N° 487, el sector cuya denominación catastral es Sección L , Macizo 29, se denomina " Laguna del Diablo". Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1971 DECRETO MUNICIP L N' /2016. Orn r E. BeCerr8 ter oto TEN ENTE Secre ario de Gobierno Munici alidad de Ushuala de Ushuaia a COPIA FIEL RIGINAL (14 ERNANDEZ pto Cléap cho General S 9shuaia

Asunto de origen
Asunto 1830/2016
Proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
Ubicación catastral
Macizo 29 Sección L
Clic en una palabra clave para ver todas las ordenanzas que la comparten.
Tratado en sesión
Asunto 1830/2016 — Taquigráfica N° 10/2016 — 23/11/2016
(Asunto 1830/2016, expediente 478/2003)
Ir al debate (pág. 61)
Salta al debate del asunto que dio origen a la ordenanza.