artículo 100 de la Ordenanza Munícipal NO 412/88.; Que atendiendo a la realídad socio-econ6mica, en que se de senvuelve el país, es aconsejable dar lugar a lo requerído, por un/ plazo no mayor dé noventa (90) días; Que de acuerdo a la Ley Territoríal NO 236. 1 este Cuerpo / cuenta con atribuciones para Ordenar sobre el particular; Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA
ARTICULO 10.- EXCEPTUASE de lo díspuesto en el artículo 100 de la / Ordenanza Municipal Nº 412/88. 1 por el termíno de noventa (90) días a partir de la promulgacitm de la presente, al concesionario de la/ Lícencia de Taxi NO 41., Señor Juan Segundo NENEN, para la afecta-/ ci6n al Servicío Público de Taxl del Domínio V-036340. 1 de acuerdo/ a los considerandos precedentes.
ARTICULO 2514- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su // promulgación. umplido. ARCHIVESE.- 2..ruA.R.7 UT rJ r{r:TkA HONORABLE COSEd i DELMANTI: ORDENANZA MUNICIPAL Ne 52.,(89, DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 28/06/89.-