articulo 10a de la Orde-/ nanza Municipal Na 412/88; Que atendiendo a la realidad socio—econ6mica, en que se desenvuelve el país t es aconsejable dar lugar a lo requerido t por un plazo no mayor de noventa/ (90) días; Que de acuerdo a la Ley Territarial Na 236., este Cuerpo cuenta con // atribuciones para Ordenar sobre el particular; Por ello: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SANCIONA CON FUERZA DE: ORDENANZA
ARTICULO 1º,- EXCEPTUASE de lo dispuesto en el Artículo 10º de la Ordenanza Muni cipal Na 412/88., por el tkmino de noventa (90) días, a partir de la promulga-/ ci6n de la presente t al conceslonario de la Licencia de Taxi Na 29., Señor Rober to Manuel DIAZ, para la afectaci6n al Servicio Pablico de Taxi t del Dominio Na// V-032767. 9 de acuerdo a los considerandos precedentes.-
ARTICULO 2º.- RegIstrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación./ Cumplido. ARCHIVESE.- nte BL COUCEn DELiBERANTE ORDENANZA MUNICIPAL Na 524/89.- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 28/06/89.