Ordenanza N° 5139 —

Datos de la ordenanza
Número
5139
Fecha de sanción
21/09/2016
Vigencia
—
Tema
Planeamiento Urbano
Comisión
—
Descripción

artículo 128 de la Carta Orgánica

Municipal, ncontrándose la citada norma promulgada de hecho.

Qu el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo,

en atenció a las prescripciones del artículo 152° inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la

ciudad de shuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 3 9, sancionada por el Concejo

Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en la segunda jornada del día 28/09/2016 correspondiente

a la octav sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se instruye al

Departame to Ejecutivo Municipal la apertura de la calle que unificará desde Gendarme

Argentino n la intersección de la avenida Perito Moreno entre los Macizos F-90-1RTE, F-90-

03, F84, F8 y F89 de esta ciudad, de acuerdo al croquis que se adjunta como Anexo I y II a la

misma. Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,

archivar. 1588

DECRETO MUNICIPAL N°

/2016

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Sec. Coordinación de Gestióñ

Municipalidad de Ushuai

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Municipalidad

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y s an Auragiaentinas"

Asunto de origen
Asunto 1563/2016
Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Tratado en sesión
Asunto 1563/2016 — Taquigráfica N° 8/2016 — 21/09/2016
(Asunto 1563/2016, expediente 115/1997)
Ir al debate (pág. 91)
Salta al debate del asunto que dio origen a la ordenanza.