artículo 128 de la Carta Orgánica
Municipal, ncontrándose la citada norma promulgada de hecho.
Qu el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo,
en atenció a las prescripciones del artículo 152° inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de shuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 5 1 3 9, sancionada por el Concejo
Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en la segunda jornada del día 28/09/2016 correspondiente
a la octav sesión ordinaria del día 21/09/2016, por medio de la cual se instruye al
Departame to Ejecutivo Municipal la apertura de la calle que unificará desde Gendarme
Argentino n la intersección de la avenida Perito Moreno entre los Macizos F-90-1RTE, F-90-
03, F84, F8 y F89 de esta ciudad, de acuerdo al croquis que se adjunta como Anexo I y II a la
misma. Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido,
archivar. 1588
DECRETO MUNICIPAL N°
/2016
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Sec. Coordinación de Gestióñ
Municipalidad de Ushuai
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