OBJETO
ARTICULO 1°.- CREAR el "Plan de Recolección de Residuos de Artefactos Eléctricos y Electrónicos en Desuso (RAEE)" con el objeto de fomentar la recolección, desguace, reciclado y comercialización de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. OBJETIVOS
ARTÍCULO 2°.- Los objetivos del Plan de Recolección RAEE serán: a) proporcionar información a la sociedad acerca de la contaminación que generan estos residuos a través de campañas televisivas, radiales y gráficas; b) fomentar la industria del reciclado; c) promover convenios con personas físicas y jurídicas, públicas o privadas para la manipulación, disposición final y reciclado de RAEE. DE LA RECOLECCIÓN
ARTICULO 3°.- El Plan de Recolección RAEE tendrá en cuenta la implementación de un sistema de recolección según el siguiente criterio diferenciador: a) rezagos informáticos; b) rezagos de telecomunicaciones; c) rezagos electrónicos. AUTORIDAD DE APLICACIÓN
ARTICULO 4°.- La autoridad de aplicación y contralor del Plan de Recolección RAEE será la Secretarla de Medio Ambiente. La misma, deberá Ilevar un registro de los convenios que se celebran y supervisará su cumplimiento. RESIDUOS IMPOSIBILITADOS DE SER RECICLADOS
ARTICULO 5°.- La autoridad de aplicación facilitará un sitio habilitado para la disposición final de residuos de artefactos eléctricos y electrónicos imposibilitados de ser reciclados. REGLAMENTACIÓN
ARTÍCULO 6°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá reglamentar la presente dentro del plazo de treinta (30) días.