ARTÍCULO 1°.- IMPLEMENTAR en el ámbito de la ciudad de Ushuaia la colocación de señalética vial que tenga como finalidad principal brindar seguridad a los ciclistas.
ARTÍCULO 2°.- INCORPORAR la señalética mencionada en el artículo 1° en los manuales, clases y exámenes exigidos por el Poder Ejecutivo Municipal para la obtención de la licencia de conducir.
ARTÍCULO 3°.- El Poder Ejecutivo Municipal, a través del área que designe, realizará campañas de concientización entregando folletería, calcomanías, ploteos en transportes públicos y vehículos oficiales y empresas de contratación.
ARTÍCULO 4°.- En Anexo I se detallan los modelos de logotipos y cartelería que en adelante se utilizarán para tal fin, debiendo contar con leyendas tales como: "Respeto al ciclista"; "En las bicicletas no va un ciclista, va una vida"; "Al igual que a usted, en nuestra casa nos esperan"; "Distancia 1,5 metros".
ARTÍCULO 5°.- NOTIFICAR a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines de invitarla a incorporar cartelería del mismo tenor en las rutas de nuestra Provincia.
ARTICULO 6°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5044
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 27/04/2016.-