ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER que a partir de la publicación de la presente y hasta el día 31 de diciembre del año 2016, toda la papelería oficial del Municipio de la ciudad de Ushuaia, debe llevar en el margen superior derecho la leyenda "Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional".
ARTÍCULO 2°.- Hasta tanto se agote la papelería oficial existente, la leyenda establecida por el artículo 1° de la presente debe ser incorporada mediante la utilización de un sello.
ARTÍCULO 3°.- En los sitios de internet oficiales del Municipio de la ciudad de Ushuaia, se debe introducir la leyenda mencionada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5031
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 06/04/2016.-