Ordenanza N° 5024 —

Datos de la ordenanza
Número
5024
Fecha de sanción
17/02/2016
Vigencia
—
Tema
SIN TEMA
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR por única vez del plazo dispuesto por el Artículo 32 de la Ordenanza Municipal N° 3455 en cuanto establece "Todos los organismos sometidos a la jurisdicción de la Sindicatura General, deben remitir anualmente, dentro de los TREINTA (30) días de vencido el ejercicio anual".

ARTICULO 2°.- AUTORIZAR a presentar la rendición de cuentas establecida en el artículo 32 de la Ordenanza Municipal N° 3455 dentro del plazo establecido por el artículo 81 de la Ordenanza Municipal N° 3693.-

ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 5024

DADA EN 2° SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 17/02/2016

Asunto de origen
Asunto 49/2016
proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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