ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo III.6.1.1 del Código de Edificación de la ciudad de Ushuaia, autorizando un ancho de escalera de 0.96 metros para la parcela denominada catastralmente como Sección B, Macizo 37, Parcela 02 de la ciudad de Ushuaia, de acuerdo al plano presentado en el Expediente Municipal DU- 6907/2015 obrante en fojas 7 del mismo.
ARTÍCULO 2°.- EXCEPTUAR del cumplimiento de los artículos VIII-V-5.1 y VIII-I.1.2 del Código de Planeamiento Urbano, para la parcela enunciada en el artículo 1°, condicionando esto a la tramitación por parte del establecimiento Colegio Julio Verne del "estacionamiento entre discos", sobre ambas márgenes de la intersección de las calles Tekenica y Karukinka, en la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Ushuaia.
ARTÍCULO 3°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo III.11.1 del Código de Edificación de la ciudad de Ushuaia, para la parcela enunciada en el artículo 1°, permitiendo la vista a predios linderos, quedando condicionado a la presentación de las correspondientes autorizaciones.
ARTICULO 4°.- EXCEPTUAR del cumplimiento del artículo III.8.1.1 del Código de Edificación de la ciudad de Ushuaia, para la parcela enunciada en el artículo 1°, condicionando esto a que todos los locales de primera categoría ventilen de forma mecánica permanente.
ARTÍCULO 5°.- Las excepciones enunciadas anteriormente estarán condicionadas a que se mantenga el uso educativo en el edificio y se mantengan las superficies de acuerdo a los planos presentados, obrantes en fojas 7 y 8 del Expediente DU- 6584/2015.
ARTÍCULO 6°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar la habilitación provisoria por el término de un (1) año, condicionando esto a la presentación y ejecución de un plan de trabajo tendiente a mejorar la accesibilidad del dificio existente, que deberá ser aprobado por el área técnica municipal.
ARTÍCULO 7°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su p romulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 5010
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 02/12/2015.-