Datos de la ordenanza
Número
4985
Fecha de sanción
21/12/2015
Vigencia
—
Tema
Obras y Servicios Públicos
Comisión
—
Descripción
ARTÍCULO 1°.- DECLARAR la emergencia vial urbana en la ciudad de Ushuaia por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días.
ARTÍCULO 2°.- FACULTAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las compras de materiales y de equipamiento o alquiler de los mismos, como también realizar las contrataciones necesarias para el acondicionamiento y conservación de calles, en el marco de la emergencia declarada en el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las restricciones que considere conveniente para la preservación del estado de las calles de la trama urbana de Ushuaia, como ser la prohibición de la circulación con cadenas y/o ruedas con clavos.
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 5180
ARTICULO 1°.- PRORROGAR por el término
Asunto de origen
Asunto 997/2015
remite proyecto de ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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Documento