Ordenanza N° 4939 —

Datos de la ordenanza
Número
4939
Fecha de sanción
07/10/2015
Vigencia
—
Tema
Excepción
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR al señor Julio Hernández, DNI N° 7.827.104, titular de la

Licencia de Taxi N° 181, del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5°, incisos c) y

e) de la Ordenanza Municipal N° 2986.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZAR, por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días

corridos, la habilitación de la Licencia de Taxi N° 181.

ARTÍCULO 3°.- La presente excepción no habilita a conducir, hasta tanto regularice la

situación exigida por norma.

ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

4 9 3 9 ORDENANZA MUNICIPAL

SANCIONADA E ESION ORDINA IA DE FECHA 07/10/2015.-

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Concejo Debberente Concejo Dell se te Ushuala

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Las Islas Makinas, Gcogiasy Sandwich del Sur, sony serán Arjentinas

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República Argentina

Municipalidad de Ushuala

USHUAIA, 0 5 NOV 2015

VISTO el expediente N° CD-8762-2015 del registro de esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo tramita la prornulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día

07/10/2015, por medio de la cual se exceptúa al señor Julio HERNANDEZ, D.N.I.N°

7.827.104, titular de la Licencia de Taxi N° 181, del cumplimiento de lo dispuesto en el

artículo 5°, incisos c) y e) de la Ordenanza Municipal N° 2986, autorizando por el

término de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos la habilitación de la Licencia

de Taxi N° 181, la excepción mencionada no habilita a conducir, hasta tanto regularice

la situación exigida por norma.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

8 5 Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° /2015, recomendando su

promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a

las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la

ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

4 9 3 9

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°

sancionada por

el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 07/10/2015,

por medio de la cual se exceptúa al señor Julio ' HERNANDEZ, D.N.I.N° 7.827.104, titular

de la Licencia de Taxi N° 181, del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 0, incisós

c) y e) de la Ordenanza Municipal N° 2986, autorizando por el término de trescientos

sesenta y cinco (365) días corridos la habilitación de la Licencia de Taxi N° 181, la

excepción mencionada no habilita a conducir, hasta tanto regularice la situación exigida

por norma. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.

Cumpl ido, archivar. 1609

DECRETO MUNICIPAL N° /2015.-

am.

+sr

Ing. Jua MUNA1=0 úcloriCO iUPANO

Secrelarin General de Planearniento INTE TE

Fslrategico y Coord. de Geshón Municipali

munininalidad de Ushuaia

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son

Asunto de origen
Asunto 666/2015
Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
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