Ordenanza N° 4927 —

Datos de la ordenanza
Número
4927
Fecha de sanción
08/07/2015
Vigencia
—
Tema
Ordenamiento Urbano
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- DESAFECTAR del uso público una superficie de cincuenta y nueve metros cuadrados con diez decímetros cuadrados (59,10 m2) del espacio verde con categoría de Reserva Ambiental identificado catastralmente como Parcela 1a, Macizo 84A, Sección B, del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, conforme al croquis que acompaña a la presente como Anexo I.

ARTÍCULO 2°.- AFECTAR la superficie definida en el artículo 1° a la Parcela 3, Macizo 84A, Sección B del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia, propiedad del vecino Narciso Buendia, con domicilio en Congreso Nacional 850.

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a adjudicar en venta la fracción indicada en el artículo 1° al propietario de la parcela detallada en el artículo precedente a la que queda anexada.

ARTÍCULO 4°.- EMPLAZAR al propietario de la parcela establecida por el artículo 1° a prestar conformidad con el monto de la venta y el plan de pagos definidos por el Departamento Ejecutivo Municipal en un máximo de seis (6) meses contados a partir de la publicación de la presente ordenanza. Cumplido dicho plazo sin novedad queda sin efecto la presente ordenanza.

ARTÍCULO 5°.- DISPONER que la modificación de mensura correspondiente quedará a cargo del propietario.

ARTÍCULO 6°.- CONDICIONAR la parcela resultante por aplicación de la presente ordenanza, al mantenimiento de las implantaciones existentes y su uso exclusivo como vivienda unifamiliar. En caso de producirse cualquier modificación de obra o ampliación, la misma deberá contar con autorización expresa de la Municipalidad y adecuarse a la normativa vigente. 

Asunto de origen
Asunto 277/2015
Proyecto Ordenanza 2º Lectura
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
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