ARTÍCULO 1°.- PRORROGAR por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días
la Ordenanza Municipal N° 4739.
ARTÍCULO 2°.- EXCEPTUAR al señor Gómez, Jorge Daniel, DNI 11.476.498, del
artículo 12 de la Ordenanza Municipal N° 152/82.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL N° 4876
SANCIONADA_E SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 08/07/2015.-
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Lic. NOELIA BU1T Demln DE ReD
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Las Islas Malvinas, Genia.sy Sandwich del Sul; sowy serán Alzgentinas
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República Argentina
Municipalidad de Usbnaia "2015- Año del 13icentenario del Congreso de los Pueblos Libres"
USHUAIA, 1 o 7015
VISTO el expediente N° CD-6308-2015 del reg stro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo trarnita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
08/07/2015, por medlo de la cual se prorroga por el término de trescientos sesenta y
cinco (365) días la Ordenanza Municipal N° 4739; y se exceptúa al señor Gómez, Jorge
Daniel D.N.I.N° 11.476.498, del artículo 12 de la Ordenanza Municipal N° 152/82.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
8 4 Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° '1 /2015, recomendando su
promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a
las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 4 8 7 6 , sancionada por
el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuala en sesión ordinaria del día 08/07/2015,
por medio de la cual se prorroga por el término de trescientos sesenta y cinco (365)
días la Ordenanza Municipal N° 4739; y se exceptúa al señor Gómez, Jorge Daniel
D.N.I.N° 11.476.498, del artículo 12 de la Ordenanza Municipal N° 152/82. Ello, en virtud
de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar. 5 1 1 7 /2015.-
DECRETO MUNICIP/AL /1\1;'
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Oscar MJBINOS Fed cs SCIURAW _ O
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Secretano Goblerno
Municipalidad de Ushua n a Munir d de Ushuai
"Las Islas Mal pinas, Georgias y Sandwieh del Sur, son serán Argenlinas"