ARTÍCULO 1°.- EXCEPTUAR del cumplimiento y alcance del inciso c) y e), del artículo 5º, de la Ordenanza Municipal N° 2986, a la señora Leonila de Lourdes Lizondo Uribe, DNI N° 12.189.850, titular de la Licencia de Taxi N° 080, solo a los fines de conservar la licencia de taxi, por lo que no podrá conducir ningún vehículo que requiera carnet profesional.
ARTÍCULO 2°.- La persona que sea habilitada como chofer de la Licencia de Taxi N° 080 deberá cumplir con los requisitos previstos para la actividad.
ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días corridos la habilitación de la Licencia de Taxi N° 080.
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4873
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 08/07/2015.-