ARTICULO 1°.- AFECTAR una superficie aproximada de 22,5 hectáreas de Tierras Fiscales sin mensurar, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente, para la regularización del Proyecto Integral "Frente Marítimo Área Central".
ARTICULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 4 6 60 SANCIONADA EN SESIÓN ORDINAIA DE FECHA 08/07/2015.-
ANEXO 1. ORDENANZA MUNIC1PAL N2 48 60 OÁv,/,31)-57: IN g l piiivS 'I OUNII , OCI 11.19:91 j 1 I -11V1 .7\ ICEPAL, DAD US :-LUM A n MIE '40 SUBSECRETARWtE PL- Y PROYECTOS LR (fircoción: lema: feeha' CP MULS AFECIAGIOTLERRAS FISC 01/2015 pieno de: eseal;-1: 11 10 1.115- — ORDENANZA MIJ ,Argenlina.v" s --tr(113 ra '1.viav kfaivinas, Georgias y nco 0%b OrdenanAznPatráorvNtiidnaucieamIdseleaTsrideorer:laA4dtel8ál nF6tuic8eogoS,u r A7dma iefa Dpto Doo. j yA rchii 3/3 República Argentina DLI vDG.-S.L yT. Municipalidad de Ushuaia ^ Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" USHUAIA, 1 AGO 7015 VISTO el expediente N° CD-6298-2015 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 08/07/2015, por medio de la cual se afecta una superficie de 22,5 hectáreas de Tierras Fiscales sin mensurar para la regularización del Proyecto Integral "Frente Marítimo Área Central", de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la misma. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta c) Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° 1-/ /2015, recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 4860 , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 08/07/2015, por medio de la cual se afecta una superficie de 22,5 hectáreas de Tierras Fiscales sin mensurar para la regularización del Proyecto Integral "Frente Marítimo Área Central", de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la misma. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar ai Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 11 67 /2015.- DECRETO MUNICIPAL N° am. 139". 1 Federico SCIUR INTENDEN1 lng Juan MUNAFO Munboalidad d etVsrbeatatend51D.e0nvCraolodred PdleanGeeasmlóenn to MuniciNlidad de lishuala -