Ordenanza N° 4866 —

Datos de la ordenanza
Número
4866
Fecha de sanción
08/07/2015
Vigencia
—
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal a realizar la apertura de las calles ubicadas en el sector de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra, identificado como barrio Itatí, previa a la aprobación de la instancia ambiental correspondiente, de acuerdo al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.

ARTICULO 2°.- REG1STRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 4 6 5 SANCIONADA—EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 08/07/2015.-

ANEXO I. ORDENANZA MUNICIPAL 4666 :\ \ ' .lO, \ \ ?,1 '\ \ „.,-- ) 1,_y,,...-/ /) , (:11? MUNICIPALIDAD DE USHUAIA SECRETARIA DESAR5O-LLO—___GE STIÓN URBANA SUBSECRETARIA DE PLANEAMENTO PRO \ECTO, URBA1\10S PR5YECTO DE\TRB NIZACION/2DA 57(APA-176HA. P11 0471U11',0. VE TIENTE SUDOC IDENTAL DEL VALLE DE ANDORR oF / AI4 X0 I - APERTURA DE CALLES E BARRIO ITATI A 1 l' pp,-140EL Secretan on y Ol Argentinas" ránte I/Concejo /"Las.Islas Malvinas, GeOrgias y .aldwieh rr-J (p"-n r A7dre Ardw 3O/r3denanzAanPtráNosvtRiuindecampiaúebedIlseilrcaToasiAed:rerr4glaeAd8nettl6liánFn6aut iecgooS, ur iera D,1n D Municipalidad de Ushuaia DLI'vPG -S.L "2015- Aiio del Bicentenario del Congreso de los Pueblos Libres" USHUAIA ' 1 0 AGO 2015 VISTO el expediente N° CD-6296-2015 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 08/07/2015, por medio de la cual se autoriza al Ejecutivo Municipal a realizar la apertura de las calles ubicadas en el sector de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra, identificado como Barrio Itatí, previa a la aprobación de la instancia ambiental correspondiente, de acuerdo al croquis que corno Anexo I se agrega a la misma. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° u /2015, recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA 4 8 6 6

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 08/07/2015, por medio de la cual se autoriza al Ejecutivo Municipal a realizar la apertura de las calles ubicadas en el sector de la Vertiente Sudoccidental del Valle de Andorra, identificado como Barrio Itatí, previa a la aprobación de la instancia ambiental correspondiente, de acuerdo al croquis que como Anexo I se agrega a la misma. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 1 1 65 /2015.- DECRETO MUNICIPAL N° am. 1110, ing. JtJan MUNAFO Federico SC de Pleneemiento INTENDE low Mwicipaiidad cfe 13\;t/h Coord de Geslión Usnnia

Asunto de origen
Asunto 389/2015
Remite Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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