Ordenanza N° 4858 —

Datos de la ordenanza
Número
4858
Fecha de sanción
08/07/2015
Vigencia
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Tema
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Comisión
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Descripción

ARTICULO 1°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal la contratación en forma directa con la cooperativa de trabajo "IYU Limitada", Matrícula N° 44.427, para la construcción de cincuenta (50) viviendas de carácter social con infraestructura por la suma de pesos treinta y siete millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ($37.457.000), y con la Cooperativa de Trabajo "Patagonia Austral Limitada", Matrícula N° 47.426, la ejecución de cincuenta (50) viviendas de carácter social con infraestructura por la suma de pesos treinta y siete millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ($37.457.000) de acuerdo a la documentación y antecedentes obrantes en el Expediente Municipal OP 8814/2014 en el marco del Convenio Específico, registro Municipal N° 8901, Programa Federal de Integración Sociocomunitaria, Viviendas Nuevas, provincia de Tierra del Fuego, Ushuaia, suscripto entre la Subsecretaríá de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, el Instituto Provincial de Vivienda y la Municipalidad de Ushuaia, con el objeto de ejecutar cien (100) viviendas de carácter social con infraestructura en la ciudad de Ushuaia. Convenio aprobado ad-referéndum del Concejo Deliberante por Decreto Municipal N° 303/2015. En el Anexo I del convenio se establece que la subsecretaría financiará un monto total de pesos setenta y cuatro millones novecientos catorce mil ($74.914.000), para la construcción de cien (100) viviendas con infraestructura en un plazo obra de seis (06) meses mediante la contratación de dos (2) cooperativas de trabajo.

ARTICULO 2º.- APROBAR los proyectos de convenios a suscribir para la ejecución de las obras con las cooperativas de trabajo por los montos indicados en al artículo 1°, los cuales se adjuntan a la presente como Anexo I y II.

ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4858

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 08/07/2015.-

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