Ordenanza N° 4832 —

Datos de la ordenanza
Número
4832
Fecha de sanción
25/03/2015
Vigencia
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Tema
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Comisión
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Descripción

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la subdivisión de las parcelas identificadas como Sección 0, Macizo 5F, Parcela 4; Sección O, Macizo 5E, Parcela 4; Sección 0, Macizo 6D, Parcela 1; Sección 0, Macizo 6C, Parcela 2, de la ciudad de Ushuaia, conforme al croquis que como Anexo 1 forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2°.- AUTORIZAR para lo enunciado en el artículo 1°, un frente mínimo de parcela de 5 m y una superficie mínima de parcela de 85 m2, manteniéndose los restantes indicadores originales establecidos mediante la Ordenanza Municipal N° 3705 para viviendas colectivas.

ARTÍCULO 3°.- Lo establecido en el artículo 1° quedará condicionado a la independencia funcional y estructural de las construcciones en las parcelas.

ARTICULO 4°.- Lo establecido en el artículo 1° quedará condicionado a la unificación de un lenguaje arquitectónico similar en las viviendas de un mismo macizo.

ARTÍCULO 5°.- La presente se aplica en el marco de la Ordenanza Municipal N° 4725, por lo que al momento de la adjudicación de cada parcela individual, deberá verificarse el cumplimiento del artículo 2° de la ordenanza mencionada.

ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 4832

SANCIONADA EN LA SEGUNDA JORNADA DEL DÍA 29/05/2015,

CORRESPONDIENTE A LA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 25/03/2015.-

Asunto de origen
Asunto 163/2015
Remite Proyecto de Ordenanza
Proyecto que, al sancionarse, dio esta ordenanza.
Palabras claves
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