ARTÍCULO 1°.- DECLARAR como Obra de Utilidad Pública y sujeta al Régimen de Contribución por Mejoras, la obra denominada "Red de gas - barrio Kareken".
ARTÍCULO 2°.- APROBAR la memoria descriptiva y el estudio de factibilidad de realización de la obra agregado como Anexo I; el presupuesto de la obra, el análisis técnico financiero, la forma de contratación y el cronograma de ejecucíón de la obra y desarrollo financiero incorporados como Anexo II y; el monto a prorratear, la forma de prorratear, los montos de las contribuciones por mejoras correspondientes a cada unidad contributiva beneficiada y las alternativas de pago establecidos en el Anexo III.
ARTÍCULO 3°.- INCORPORAR en el Régimen de Contribución por Mejoras de la obra enunciada en el artículo 1°, a las unidades contributivas que den a la obra mencionada, conforme al punto 15), Parte Ill, del Anexo I de la Ordenanza N° 1521, "prorrateo por unidad contributiva".
ARTÍCULO 4°.- PROCEDER a la apertura del registro de oposición a la realización de la obra mencionada en el artículo 10 y notificar fehacientemente a los frentistas que sean beneficiados por la realización de las obras.
ARTÍCULO 5°.- INCORPORAR lo que se recaude por el concepto de contribución por mejoras de la presente obra, al Fondo de Afectación Específica creado en el artículo 8° de la Ordenanza Municipal N° 2243 - Programa de Embellecimiento y Consolidación Urbana.
ARTÍCULO 6°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4802
SANCIONADA EN SESIÓN ESPECIAL DE FECHA 10/12/2014.-