ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR del uso público el Espacio Verde ubicado en la parcela denominada catastralmente como Sección O, Macizo 2, Parcela 20 para ser incorporada al uso residencial y que cuenta con una superficie de 1.435,53 m 2 conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente .
ARTÍCULO 2°.- AFECTAR al uso público como espacio verde en compensación por la superficie desafectada en el artículo 1° una fracción de igual superficie ubicada en el Macizo 3F de la Sección O, e identificada en forma provisoria como Parcela 5 conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4757
SANCIONADA EN SEGUNDA LECTURA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 12/11/2014.-