Ordenanza N° 4750 —

Datos de la ordenanza
Número
4750
Fecha de sanción
12/11/2014
Vigencia
—
Tema
Administración Municipal / Actividades Comerciales
Comisión
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Descripción

ARTÍCULO 1°.- INSTITUIR el Sistema de Incentivo a la Mano de Obra Local para empresas constructoras y contratistas de obras públicas municipales.

ARTÍCULO 2°.- En el marco del programa al que hace referencia el artículo 1° de la presente, tendrán prioridad para ser adjudicatarios de obras o trabajos municipales, aquellas empresas o contratistas que incorporen dentro del ítem mano de obra la mayor cantidad de empleados, contratados o permanentes, que demuestren una residencia

ininterrumpida en la ciudad de dos (2) años como mínimo.

ARTÍCULO 3°.- Las condiciones referidas en la presente ordenanza deberán ser incorporadas en los pliegos de licitación y concursos de precios para cualquier obra o trabajo público a realizarse a partir de la promulgación de la presente.

ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4750

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12/11/2014.-

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