Ordenanza N° 4748 —

Datos de la ordenanza
Número
4748
Fecha de sanción
12/11/2014
Vigencia
—
Tema
Código de Planeamiento
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1°.- INCORPORAR el Artículo IV.6. Tolerancias, al Código de Planeamiento Urbano, quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"La autoridad de aplicación podrá, en casos particulares y/o debidamente justificados, autorizar tolerancias de hasta el cinco por ciento (5%) cuando se trate de parcelas edificadas y un dos por ciento (2%) para parcelas no edificadas, por sobre los valores numéricos determinados en el presente capítulo, no siendo de aplicación para las cesiones de superficies de espacios verdes y reservas."

ARTÍCULO 2°.- INCORPORAR el Artículo V.5. Tolerancias, al Código de Planeamiento Urbano, quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"La autoridad de aplicación en casos debidamente fundados en razones de mejor habitabilidad, ordenamiento del espacio interior, dificultades estructurales y/o constructivas, podrá autorizar las siguientes tolerancias en referencia a lo normado en este capítulo, previo informe técnico que lo avale o justifique:

a) tolerancia máxima de hasta el cinco por ciento (5%) en obras que cuenten con una superficie cubierta máxima de trescientos (300) metros cuadrados;

b) tolerancia máxima de hasta el dos por ciento (2%) en obras que cuenten con una superficie cubierta mayor de trescientos (300) metros cuadrados."

ARTÍCULO 3°.- INCORPORAR el Artículo VI.9. Tolerancias, al Código de Planeamiento Urbano, quedando el mismo redactado de la siguiente manera:

"La autoridad de aplicación en casos debidamente fundados en razones de mejor habitabilidad, ordenamiento del espacio interior, dificultades estructurales y/o constructivas, previo informe técnico que lo avale o justifique, podrá autorizar una tolerancia máxima en referencia a los valores numéricos determinados en el presente

capítulo, del cinco por ciento (5%)."

ARTÍCULO 4°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación. ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4748

SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 12/11/2014.-

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