ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494:
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ARTÍCULO 515.- DENOMINAR Ushuaia a la calle delimitada al sur por el macizo L-56A, y al norte por los macizos L-56F, 56E y 56D, al noroeste por los macizos L-56C y 56B, internándose en el macizo 56A, donde finaliza."
ARTÍCULO 2º.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494:
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ARTÍCULO 516.- DENOMINAR La Quebrada de Humahuaca a la calle delimitada al norte por la calle Yámanas, al oeste por el macizo L-56A, y al este por el macizo L-56F, y al sur por la calle Ushuaia."
ARTÍCULO 3º.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494:
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ARTÍCULO 517.- DENOMINAR Pingüinos a la calle delimitada al norte por la calle Yámanas, al oeste por el macizo L-56F, y al este por el macizo L-56E, y al sur por la calle Ushuaia."
ARTÍCULO 4 º.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494:
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ARTÍCULO 518.- DENOMINAR Kaweshkar a la calle delimitada al norte por la calle Yámanas, al oeste por el macizo L-56E, y al este por el macizo L-56D, y al sur por la Calle Ushuaia."
ARTICULO 5º.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494:
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ARTÍCULO 519.- DENOMINAR Canoeros a la calle delimitada al noroeste por la calle Yámanas, al sudoeste por el macizo L-56D, al sur por el macizo L-56A, y al noreste por el macizo L-56D, al norte por el macizo L-56A, y al oeste por la calle Provincia Grande."
ARTÍCULO 6º.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494:
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ARTÍCULO 520.- DENOMINAR 23 de Agosto a la calle delimitada al noroeste por la calle Yámanas, al sudoeste por el macizo L-56C, al noreste por los macizos L- 56A y 56B, y al este por la calle Ushuaia."
ARTÍCULO 7º.- INCORPORAR el siguiente artículo al Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1494:
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ARTÍCULO 521.- DENOMINAR Nevada a la calle delimitada al norte por el macizo L-56A, al sur por el macizo L-56B, al oeste por la calle 23 de Agosto y al este por la calle Ushuaia."
ARTÍCULO 8º.- Las calles cuyas denominaciones están previstas en los artículos 1º a 7º, se incluyen en el croquis que como Anexo I forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 9º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4715
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 24/09/2014.-