ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar todos aquellos mecanismos de contratación previstos en la Ordenanza 3693 y la Ley Nacional Nº 13064 de Obras Públicas, según el caso, pudiendo optar por la implementación de cualquiera de aquellos procedimientos en los tiempos, formas y mecanismos que permitan culminar las obras involucradas directamente en la realización del evento "Interski 2015" en tiempo y forma, entendiendo por tal la fecha de su realización.
ARTÍCULO 2º.- DECLARAR que las obras indicadas en el artículo 1º de la presente son: 1. obra construcción polideportivo "Pioneros Fueguinos";
2. obra "Centro Comercial a Cielo Abierto" y;
3. obra "Mejora acceso hotelero zona oeste".
Autorizando en estos casos al Departamento Ejecutivo Municipal a utilizar mecanismos excepcionales en materia de plazos y de selección del contratista tanto en lo que se refiere a la provisión de insumos previstos en la Ordenanza 3693 como en aquellas cuestiones vinculadas con la obra pública que, previo informe debidamente fundado, permitan justificar el mecanismo utilizado.
ARTÍCULO 3º.- CREAR una Comisión de Seguimiento de carácter permanente de la implementación de la presente, la que quedará conformada por tres (3) concejales y un (1) miembro de la Sindicatura Municipal designado al efecto. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá poner en conocimiento previamente a dicha Comisión todos aquellos casos donde se aplique la presente ordenanza acompañando el acto administrativo que así lo disponga, la fundamentación y los informes técnicos correspondientes.
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4704
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 24/09/2014.-