ARTÍCULO 1º.- ADHERIR en todos sus términos a la Resolución aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre la promoción del ecoturismo para la erradicación de la pobreza y la protección del medio ambiente - Resolución A/RES/223.
ARTÍCULO 2º.- La Secretaría de Turismo de la Municipalidad de la ciudad de Ushuaia, será la autoridad de aplicación de la presente, quien trabajará en la difusión, concientización y aplicación de la misma.
ARTÍCULO 3º.- La citada Resolución se agrega como Anexo I a la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4663
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 20/08/2014.-