ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR a resolver el acceso al local comercial "Agencia de Turismo" ubicado en la Parcela 5, Macizo 9A, Sección B, de acuerdo al croquis adjunto que como Anexo I, corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 4405 . SANCIONADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 11/12/2013.-
ANEXO I. OBDENANZA MUNICPAL N° 4405 RAMPA DE ACCESO + 1. .Lryjn G.P. Alberto UZ SECRETARIO DELIBERANTE LiSIVAIA VIVIana 1:30OLAN Res. Coordinjejón Parlamentans CONCEJO DELIBERANTE USHUAIA Ordenanza NuPrmoviencriaod:e4Ti4er8ra5del Fuego, Antártida e Islas del Allántieo Sur ,r?fa flN) do Atn reg. yArehive 3/3 República Argentina DITyDO S L yT Municipalidad de Ushuaia `20,1-3,-/knodellbuerlienario de la Asamblea General Constituyente de 1813" USHUAIA, 30 DIC 2013 VISTO el expediente N° CD-10800-2013 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 11/12/2013, por medio de la cual se autoriza a resolver el acceso al local comercial "Agencia de Turismo" ubicado en la Parcela 5, Macizo 9A, Sección B, de acuerdo al croquis adjunto a la misma como Anexo I. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad emitiendo Dictamen S.L. y T. N° /2013, recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones de los artículos 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 4 L 85 , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 11/12/2013, por medio de la cual se autoriza a resolver el acceso al local comercial "Agencia de Turismo" ubicado en la Parcela 5, Macizo 9A, Sección B, de acuerdo al croquis adjunto a la misma como Anexo I. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 7 9 1 /2013.- DECRETO MUNICIPAL N° am. ing Juan MU14FkFO Federico shuaia , retarlo de Haciend a y FlnanzaS INTE Murácipalldad de Ushuate Municipali "Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argeolinas"