ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR del cumplimiento y alcance de los incisos c) y e) del artículo 5º de la Ordenanza Municipal 2986 al señor Carlos Antonio Arizmendi Soto, D.N.I. Nº 18.824.204, concesionaria de la Licencia de Taxi Nº 80, sólo a los fines de conservar la licencia de taxi, por lo que no podrá conducir ningún vehículo que requiera carnet profesional mientras no se ajuste a la normativa vigente.
ARTÍCULO 2º .- La persona que se habilite como chofer de la Licencia Municipal de Taxi Nº 80 debe cumplir con los requisitos previstos para la actividad.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4446
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 16/10/2013.-